Las nuevas condiciones para la concesión de hipotecas entrará en vigor finalmente el día 16 de Junio. Esta ley puede provocar un cuello de botella que ralentice la concesión de estos préstamos. Así lo reconocen diversas fuentes del sector financiero y otros asociados, como las tasadoras y las consultoras. Las entidades están trabajando contrarreloj para adaptarse y que el parón solo dure unos días. Pero más allá de este efecto puntual, la nueva norma supone un cambio de paradigma que alargará los plazos de concesión de los préstamos y probablemente restrinja el acceso a los mismos de los ciudadanos con rentas más bajas.

La norma obliga a las firmas hipotecarias a cambios profundos en sus procedimientos de concesión, en los sistemas informáticos que se emplean para formalizar los contratos y en la formación de sus empleados.  La nueva ley establece, entre otras cuestiones, el reparto de gastos entre la entidad financiera y el consumidor, un abaratamiento de los intereses de demora y de amortización anticipada, o el aumento de los meses de impago antes de que se ejecute un crédito.

La formación de la plantilla es el aspecto que está provocando más quebraderos de cabeza. La norma obliga a que los vendedores de hipotecas reciban un curso de al menos 50 horas.

En el sector se advierte también de que los plazos de concesión de las hipotecas van a ser más largos. De entrada porque habrá que ir dos veces en lugar de una al notario, que días antes de la firma deberá explicar al cliente las condiciones del crédito y asegurarse de que las entienda, algo que también esta provocando muchas dudas y consultas sobre cómo debe hacerse, apuntan fuentes financieras. Además, el plazo entre la entrega de la información contractual y la firma del crédito se ha ampliado de tres a 10 días.

Las entidades, asimismo, están obligadas a analizar de forma más minuciosa la capacidad de pago de los consumidores, que deberán facilitar más información personal que hasta ahora. Ese test de solvencia puede frenar el acceso a la vivienda de las rentas más bajas, como ha reconocido el Banco de España, ya que se suma al previsible encarecimiento de los préstamos por el nuevo reparto de los gastos de constitución de los préstamos. «Los hipotecados van a estar más protegidos, pero a cambio habrá gente, sobre todo de las capas más bajas de la sociedad, que no podrán comprarse una casa», sostiene un directivo de una tasadora

El Banco de España prevé que los mayores gastos de constitución soportados por los bancos podrían propiciar un «cierto» aumento de los tipos de interés de los nuevos préstamos, especialmente en el caso de los aplicados a la modalidad de tipo de fijo.

Los requisitos establecidos para que un banco aplique su derecho de vencimiento anticipado sobre una hipoteca en la que el prestatario ha dejado de pagar un determinado número de cuotas se endurecerán a partir de su entrada en vigor.

Por otro lado, se limitará por primera vez la comisión máxima a aplicar por un banco a un cliente en caso de que el este decida devolver de forma anticipada parte o la totalidad de la deuda de un préstamo a tipo fijo. Hasta ahora solo estaban regulados los reembolsos anticipados en préstamos a tipo variable, cuyas comisiones, que ya estaban establecidas por ley, se reducirán.

La nueva ley hipotecaria también introduce que la mayor parte de los gastos relacionados con la contratación de una hipoteca, que hasta ahora recaían fundamentalmente en el cliente, pasarán a ser responsabilidad del banco.

Tras su entrada en vigor, los gastos de gestoría, de notaría y de registro corresponderán a la entidad, mientras que el cliente solamente asumirá los de tasación y los de las copias notariales. El polémico impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD) correrá también a cargo del banco.

 

https://www.elperiodico.com/es/economia/20190515/la-banca-teme-un-freno-de-la-concesion-de-hipotecas-a-mediados-de-junio-7456645

https://www.elperiodico.com/es/economia/20190316/la-nueva-ley-hipotecaria-entrara-en-vigor-el-16-de-junio-7357831